El director de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, Félix Giménez, recordó que solo la Policía Municipal de Tránsito y la Patrulla Caminera pueden imponer multas de tránsito. El conductor debe ser debidamente notificado al correo electrónico o por algún otro medio y debe tener la posibilidad de impugnar la multa.
Giménez indicó que, si uno paga pese a saber que no cometió la infracción, está reconociendo el hecho. También indicó que, si una multa no es cobrada en dos años, queda sin efecto.
El periodista Carlos Martini contó una anécdota en la que tuvo que pagar G. 1.000.000 por una infracción que no cometió, ya que lo tomaron en un momento de mucho apuro. Criticó que todo está dispuesto como para que una persona se vea obligada a pagar sin posibilidad de defenderse.