La Justicia declaró nulo el cambio de funciones y régimen laboral aplicado a un vigilante de seguridad de la empresa Prosegur, quien desde 2017 prestaba servicios en un centro de educación de menores en Barcelona. El fallo ordena su restitución al puesto original, el pago de las diferencias salariales acumuladas y una indemnización de 15.000 euros por los daños ocasionados.

El trabajador cumplía turnos rotativos con jornadas variables y un régimen de descansos amplio, condiciones que fueron alteradas de manera unilateral por la empresa al asignarlo al servicio del Metro de Barcelona, con mayor carga horaria y pérdida de complementos económicos. El Juzgado de lo Social N.º 1 de Barcelona entendió que la decisión empresarial careció de sustento objetivo y respondió a un contexto de conflicto previo, marcado por reclamos judiciales y la actividad sindical del empleado.

La sentencia concluye que se vulneraron derechos fundamentales, entre ellos la libertad sindical y la garantía de indemnidad, al considerar probado que el traslado y la modificación de condiciones constituyeron una represalia encubierta frente a su rol como representante de los trabajadores.