Federico Legal

Tanya Ibáñez, representante de la Dirección de Riesgo Laboral y Subsidios del Instituto de Previsión Social (IPS), habló en Martini680 sobre los procesos de pagos a los asegurados con reposo médico.

El asegurado puede ir a un establecimiento de salud del IPS, realizar la consulta y el médico le indicará el reposo. El asegurado deberá cumplir con su reposo de acuerdo a la indicación médica, el proceso de gestión de pago de subsidio corre automáticamente y en algún momento se deposita en la cuenta bancaria de ese asegurado, no debe hacer ningún trámite en el medio, más que ir a reposar y recuperar su salud, afirmó Ibáñez.

Agregó que cuando se genera el reposo médico en el sistema, corre de manera automática, se efectúa una verificación, se deriva al área de liquidación, se fiscaliza, se genera un listado y se remite a Bancard quien se encarga de controlar si el asegurado dispone de una cuenta bancaria activa donde se puede realizar la acreditación, otros métodos son vía billetera electrónica Zimple o retiro en efectivo por ventanilla de manera presencial en la Financiera Paraguayo Japonesa o bien, del Banco Nacional de Fomento (BNF), con presencia en todo el país.

Existen otras alternativas cuando el asegurado fue a algún centro del Ministerio de Salud o a algún sanatorio privado, en ese caso el asegurado si debe hacer una gestión, pero es un trámite por la web que se puede llevar a cabo desde el celular o computadora. Ingresar a la página web de reposos de IPS, sube una imagen del reposo médico, el cual debe estar visado por el Ministerio de Salud, además se debe enviar una imagen de la visación y de ambos lados de la cédula de identidad, y si tuviera alguna indicación médica, cuando se trate de un reposo de más de tres días.

Mencionó además que por enfermedad cobran el 50% del salario, por accidente de trabajo el 75% y maternidad el 100%. En cuanto a los accidentes de trabajo, posee un trámite, pero no es el asegurado el que debe hacer, sino que la patronal debe comunicar el accidente a través de un formulario que debe llegar firmado a la oficina del Departamento de Gestión Médica Laboral.

En el formulario se debe detallar el accidente, debe firmar el patrón, además de dos testigos, luego la comisión analiza si reúne los requisitos, si lo aprueban se cataloga como un accidente de trabajo y luego el asegurado puede acceder a ese porcentaje del 75%.

Concluyó diciendo que es importante la comunicación del patrón, que el asegurado sepa y exija sus derechos, se debe conocer, la patronal tiene la obligación de brindar todos los equipos de seguridad que requiera el trabajador y «si sucede algún accidente está IPS para cubrir lo que se tenga que cubrir dependiendo del caso».