La Dra. Alejandra Peralta, señaló a nuestro medio que la Acordada 1679, que prohíbe a funcionarios judiciales participar en actividades políticas, «debe ser revisada por los Ministros de la Corte Suprema de Justicia por el hecho de ser inconstitucional».
“Lo que hace realmente es confrontar y chocar con derechos políticos fundamentales, como la participación en actividades, derecho a la manifestación, derecho a la asociación que son protegidos en la Convención Americana”, aseguró.
En otro momento dijo que la acordada prohíbe la participación de funcionarios públicos tanto dentro y fuera del recinto judicial para realizar proselitismo en cualquiera de sus expresiones, vestir o cargar insignias distintivas, ocupar cualquier cargo electivo, salvo el voto.
La Dra. Peralta señaló que no prohíbe la afiliación a un partido político y que, si en algún momento lo hace, se debería hacer por medio de una ley. “No se puede restringir o limitar un derecho humano por medio de una acordada o a través de un decreto y esto no lo digo yo, lo dijo la Convención Americana”.