La jueza de la Niñez y Adolescencia, Pili Rodríguez, explicó que la reciente resolución de la Cámara de Apelaciones de Asunción representa un giro relevante en la valoración del trabajo de crianza. El tribunal consideró que cuando uno de los progenitores asume de manera exclusiva el cuidado diario del hijo, existe una inversión de tiempo, oportunidades personales y laborales que debe ser reconocida al calcular la asistencia alimentaria.
La magistrada reconoció que en la práctica la crianza recae mayoritariamente en las madres y destacó que este enfoque visibiliza el costo real de criar “24/7” y la pérdida de oportunidad que atraviesa quien se encarga en soledad del desarrollo integral del niño.
Rodríguez añadió que la decisión también fortalece las herramientas para asegurar el pago de la pensión, recordando que el incumplimiento puede derivarse incluso en consecuencias penales. Asimismo, señaló que este criterio podría marcar un precedente para futuros casos, al ofrecer una guía más clara a los juzgados de primera instancia en cuanto a la “asistencia alimentaria”.
La jueza sostuvo que el objetivo final es promover una paternidad responsable, garantizar la igualdad en las obligaciones parentales y asegurar que los derechos del niño prevalezcan por encima de cualquier otra prioridad.







